El 20 de febrero de 2026, un tribunal federal en Oaxaca pronunció ocho palabras que deberían bastar para que Miguel Peralta Betanzos camine libre: “La justicia de la Unión ampara y protege.” No bastaron. La comunidad mazateca de Eloxochitlán de Flores Magón seguía la sesión desde un plantón instalado frente al Poder Judicial en San Bartolo Coyotepec; Miguel la siguió desde un lugar cuya ubicación no se hace pública. Once años después del inicio del proceso, el amparo 631/2022 desmanteló argumento por argumento una condena de cincuenta años: tentativa sin prueba, coautoría sin conducta demostrada, agravante que nadie formuló.

El Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal encontró méritos suficientes para tener por no acreditada su responsabilidad penal. Sin embargo, devolvió la resolución a la Sala del Tribunal Superior de Justicia de Oaxaca — la misma instancia que en 2022 revocó su libertad. El caso de Miguel Peralta no es una anomalía del sistema judicial oaxaqueño: es su funcionamiento.


Por Sara Betanzos y Kino Balu

El 20 de febrero de 2026, el magistrado presidente del Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal de Oaxaca pronunció ocho palabras: “La justicia de la Unión ampara y protege.” Afuera, en el plantón instalado frente a la sede del Poder Judicial de la Federación en San Bartolo Coyotepec, la comunidad de Eloxochitlán de Flores Magón había seguido la audiencia pegada a una bocina. A kilómetros, en algún lugar cuya ubicación no se hace pública por razones de seguridad, Miguel Peralta Betanzos tomó un teléfono.

“Nos dan pues como migajas. Como si estuviéramos mendigando la libertad. Cuando ellos bien saben que pues no hay pruebas suficientes.”

Miguel Peralta es mazateco, integrante de la Asamblea Comunitaria de Eloxochitlán, municipio de la Cañada oaxaqueña que lleva el apellido de los hermanos Flores Magón como una declaración de principios. Lleva más de una década bajo el peso de una acusación que tres instancias judiciales distintas han cuestionado sin que ninguna haya puesto fin al proceso. La paradoja es su vida.

Once años de proceso: de la asamblea comunitaria de 2014 a la condena de cincuenta años

El conflicto tiene fecha de inicio precisa: 14 de diciembre de 2014. Ese día, durante una asamblea comunitaria, estalló el enfrentamiento entre la Asamblea —instancia de autogobierno bajo Sistemas Normativos Internos— y el grupo vinculado a la familia de los caciques locales  “Zepeda”, operadores de partidos políticos en la región. Murieron dos personas. Decenas de órdenes de aprehensión cayeron sobre integrantes del bloque comunitario. El Ministerio Público de Oaxaca convirtió la disputa política por el control municipal en expedientes penales.

Miguel fue detenido en la Ciudad de México el 30 de abril de 2015. Pasó más de cuatro años en prisión preventiva. En octubre de 2018, la justicia oaxaqueña le impuso cincuenta años de prisión por homicidio calificado y tentativa de homicidio. En octubre de 2019, un tribunal de alzada ordenó su libertad absoluta: falta de pruebas. Duró dos años y medio libre. En marzo de 2022, la Sala Mixta del Tribunal Superior de Justicia de Oaxaca revocó esa libertad y reafirmó la condena. Desde entonces vive en desplazamiento forzado, técnicamente prófugo de una sentencia que su defensa considera fabricada.

Lo que el amparo 631/2022 desmanteló: tentativa sin prueba, coautoría sin conducta, agravante sin acusación

El amparo directo penal 631/2022 llegó al Primer Tribunal Colegiado con la sentencia del 4 de marzo de 2022 como objeto de análisis. El magistrado Víctor Hugo preparó el proyecto ponente. Lo que presentó al pleno el 20 de febrero fue el desmantelamiento, argumento por argumento, de una condena.

La primera grieta que identificó el magistrado fue estructural. Tanto el juez de primera instancia como la Sala responsable juzgaron un delito distinto al que acusó el Ministerio Público. La representación social formuló su acusación con la agravante de ventaja. El tribunal incorporó premeditación. “El juzgador de instancia ni el de segundo grado en la apelación pueden rebasar el tema de la acusación”, dijo el magistrado presidente al sumarse al proyecto. El delito en todo caso acreditado, si algo hubiera estado acreditado, era homicidio calificado con ventaja. Lo que se juzgó fue otra cosa.

Daisy y Gustavo: los testigos clave que nunca declararon

La segunda grieta fue la tentativa misma. La Sala responsable había sostenido que dos personas —una mujer llamada Daisy, un hombre llamado Gustavo— intervinieron para salvar a la víctima de la agresión de más de treinta personas armadas con palos, machetes y armas largas. El magistrado Víctor Hugo leyó el expediente completo y encontró que Daisy nunca rindió declaración. Gustavo tampoco. La víctima mencionó el nombre de su supuesta rescatadora cinco años después de los hechos; ningún otro testigo de cargo la identificó, pese a que esos mismos testigos pudieron nombrar con nombre y apellido a más de treinta agresores en la misma comunidad.

“No parece muy creíble que ese llamado de atención hubiera calmado así de pronto a más de 30 personas que iban dispuestas a todo”, dijo el magistrado desde el estrado. La narrativa del rescate —una mujer que detiene con su presencia a una turba enardecida y armada— no resistió el escrutinio mínimo. Sin causa externa eficaz y verificable, no hay tentativa. El tipo penal exige que sea un elemento ajeno a la voluntad del agresor lo que interrumpa la acción. El expediente no tenía ese elemento. Lo que tenía era la palabra de una víctima sin corroboración.

Sara Betanzos desde el plantón: cómo se traduce una resolución federal a quienes la esperan afuera

Comunidad mazateca de Eloxochitlán de Flores Magón en plantón, San Bartolo Coyotepec 2026
Comunidad mazateca de Eloxochitlán de Flores Magón en plantón, San Bartolo Coyotepec 2026 | Fotos de Sara Betanzos

Sara Betanzos estaba en el plantón cuando terminó la sesión. Su voz, desde el exterior del tribunal, tiene la cadencia de quien lleva años descifrando resoluciones para traducirlas a lenguaje comprensible:

“Esta audiencia elimina totalmente el delito de tentativa de homicidio contra Elisa Zepeda Lagunas, al evidenciar —según el análisis realizado por los propios magistrados tras un estudio a profundidad— las inconsistencias, la carencia de pruebas y lo inverosímil del testimonio presentado.”

Lo que Sara describió para El Giro de la Rueda, precisa lo que el magistrado Víctor Hugo documentó con vocabulario técnico: la prueba de cargo no supera el estándar de más allá de toda duda razonable. Las declaraciones de víctima directa, víctima indirecta y testigos presenciales mostraron deficiencias en tres dimensiones que el proyecto identificó expresamente: calidad en la percepción, calidad en la recuperación y calidad en la sinceridad. En sus propias contradicciones estaba su propia refutación.

El señalamiento contra Miguel era genérico. No se estableció cómo agredió, ni con qué, ni en qué momento específico. De Miguel se dijo que golpeó, junto con otros, a dos personas. La coautoría requiere acuerdo previo, distribución de funciones y aporte eficaz al hecho. El expediente no demostró ninguno de los tres. El magistrado presidente lo formuló sin eufemismos: con el material de cargo no se puede determinar específicamente cuál fue la conducta de Miguel Peralta que habría contribuido al homicidio.

La sesión terminó con voto unánime. Se concede el amparo. La Sala responsable deberá dictar nueva resolución: corregir la incongruencia sobre las calificativas, tener por no demostrada la tentativa de homicidio, tener por no demostrada la responsabilidad penal del quejoso.

Una entrevista para El Giro de la Rueda de Sara Betanzos.

La voz de una madre frente al tribunal: Martha Betanzos por la libertad absoluta de Miguel Peralta El Giro de la Rueda

Escuchamos el mensaje de Martha Betanzos Fuentes, madre de Miguel Ángel Peralta, tras la reciente audiencia judicial. Con palabras firmes, expresa su alegría por la libertad obtenida para su hijo después de cinco años en prisión, pero advierte que no se trata de una libertad plena.

Denuncia la fabricación de delitos contra Miguel y otros compañeros de Eloxochitlán de Flores Magón, así como actos de tortura y violaciones a derechos humanos. Señala la responsabilidad de la diputada Elisa Zepeda Lagunas y sostiene que la persecución continúa.

Martha recuerda a quienes no llegaron a ver este momento, entre ellos Marianita Romero, y reafirma su compromiso de seguir luchando hasta alcanzar la libertad absoluta de todos los perseguidos y perseguidas. Un testimonio que no solo habla de un caso judicial, sino del costo humano de la criminalización y la resistencia comunitaria.

La resolución devuelta a Oaxaca: el mismo tribunal que revocó su libertad en 2022

“Se están echando la bolita”: Miguel Peralta habla desde el desplazamiento forzado

Miguel escuchó el resultado y tomó el teléfono. No habló como quien acaba de ganar.

“Los magistrados saben, lo saben eso. Lo tienen muy claro, por eso se están echando la bolita. No se quieren embarrar las manos, no quieren quedar mal con la diputada Elisa Zepeda Lagunas ni con el gobernador Salomón Jara.”

El Primer Tribunal Colegiado encontró méritos suficientes para tener por no demostrada la responsabilidad penal, pero devolvió el asunto a la Sala de Justicia de Oaxaca —la misma instancia que en 2022 revocó su libertad— para que sea ella quien emita la resolución absolutoria. La decisión de fondo permanece, una vez más, en manos del aparato judicial oaxaqueño.

“No tenemos otro camino más que seguir en la resistencia, seguir luchando por nuestra libertad hasta arrebatárselas, que nuestras lágrimas, que nuestras rabias se conviertan en eso: en resistencia, en más fuerza, en más en más solidaridad. Yo creo que pues muy muchas personas estuvieron pendientes con nosotros.”

Más de cincuenta familias afectadas: el Convenio 169 de la OIT y el artículo 20

El aparato penal del Estado mexicano lleva once años procesando a integrantes de la Asamblea Comunitaria de Eloxochitlán bajo acusaciones que sus propios tribunales federales ahora reconocen construidas sobre testimonios contradictorios, omisiones ministeriales documentadas y agravantes que nadie formuló. Son más de cincuenta familias afectadas. El Convenio 169 de la OIT y el artículo 20 constitucional existen. La Sala del Tribunal Superior de Justicia de Oaxaca tiene sobre la mesa una resolución federal unánime que da por no demostrada la tentativa y por no demostrada la responsabilidad penal. Lo que resuelva —y cuándo— dirá más sobre el funcionamiento real de la justicia en Oaxaca que once años de declaraciones institucionales.

Miguel Peralta terminó su mensaje desde el teléfono con cuatro palabras repetidas.

“Libertad libertad libertad libertad.”

Las mismas cuatro palabras que el plantón sostuvo frente al tribunal el 20 de febrero. Las mismas que lleva once años pronunciando.

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